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Cómo presentar el Modelo 303 de IVA: Guía completa para autónomos y empresas

Este formulario es una declaración trimestral obligatoria para profesionales y empresarios en España, donde se informan las operaciones sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Este formulario es fundamental para calcular y liquidar el IVA correspondiente, permitiendo declarar el IVA repercutido e IVA deducible.

Nos complace acercarte este artículo, en el cual te explicaremos cómo completar y presentar el Modelo 303 paso a paso, los plazos que debes cumplir y dónde descargar el formulario. 

En Xterna, contamos con Gestoría Fiscal, Gestoría Contable y Gestoría Laboral en Barcelona, y estamos aquí para ayudarte a optimizar la gestión fiscal de tu empresa.

¿Qué es el Modelo 303?

El Modelo 303 básicamente es el pago fraccionado del IVA. Debe ser presentado por cualquier profesional o empresario que acreciente una actividad sujeta al IVA, sin importar el tipo de empresario (sociedad, autónomo, asociación, cooperativa, sociedad civil, etc) tambien de el resultado que acabe teniendo la declaración (ingresar, a cero, negativa, a compensar o devolver). Además debe presentarse por los renteros de inmuebles o bienes y promotores inmobiliarios.

¿Si tienes un negocio que está sujeto a IVA, estas oblidado a presentar el modelo 303?

Primero de todo, lo más importante es saber lo que es el IVA. El IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo, sus siglas significan en realidad impuesto sobre el valor añadido.

Lo que le diferencia del IRPF, es que el IVA es un impuesto indirecto porque este no está vinculado a cada persona de una forma concreta. La situación personal de cada persona sin importar cual sea, no determina el importe del IVA, sino que este se aplica de la misma manera a todos los consumidores que adquieren el mismo producto o servicio.

¿Qué tipos de IVA existen?

Concretamente existen 3 tipos de IVA: 

Tipo general: 21%

  • Tipo más reducido que se adjudican a algunos bienes o servicios de uso general o que se consideran de primera necesidad, podría ser ropa, electricidad, gasolina, electrodomésticos…

Tipo reducido: 10%

  • Este es aplicable a nuevas viviendas, bares y restaurantes, productos farmacéuticos, transportes, agua…

Tipo superreducido: 4%

  • Por último este se aplicaría al pan, leche, huevos, frutas, verduras, hortalizas, cereales, quesos, libros, periódicos, medicinas, coches de personas con discapacidad, etc.

Ya hace unos años que se redujo el IVA en espectáculos en directo, corridas de toros, museos, danza, conciertos y teatro, superando el 21% y 10%. Además hace un año se aprobó, por fin, la bajada del IVA en el cine al 10%.

¿Hay actividades que estén exentas de IVA?

 

Ciertas actividades están exentas del IVA, entre ellas: 

 

  • La enseñanza y clases particulares
  • Servicios sanitarios 
  • Servicios de asistencia social 
  • Actividades relacionadas con seguros
  • Entrega de sellos de correos
  • Loterías, apuestas y juegos por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y la ONCE

¿Quiénes deben presentar el modelo 303?

Toda persona que trabaje en el sector tributario por realizar una actividad sujeta al IVA, sin importar el tipo de empresario, sociedad, autónomo, asociación, cooperativa, sociedad civil, etc.

¿Cuándo presentar el modelo 303?

En general, es un documento que se presenta de forma trimestral:



  • Primer trimestre (facturas de enero a marzo) hasta el 20 de abril
  • Segundo trimestre (facturas de abril a junio) hasta el 20 de julio
  • Tercer trimestre (facturas de julio a septiembre) hasta el 20 de octubre
  • Cuarto trimestre (facturas de octubre a diciembre) hasta el 30 de enero

¿Se puede presentar el “modelo 303” de forma mensual?

Este documento podría ser presentado de forma mensual si desde un principio has solicitado la devolución mensual de IVA. Esta solicitud podría hacerse a través del modelo 037.

 Además, estarás obligado a presentar el modelo 034 de forma mensual, que es una declaración informativa con contenido del registro de IVA.

¿Que se está presentando con el modelo 303?

En el modelo 303 se incluyen tanto el IVA repercutido de las ventas como el IVA soportado en las de un trimestre. Este modelo consiste, en restar que has soportado al IVA que se ha repercutido.

Además estarás obligado a presentar el modelo 034 de forma mensual, que es una declaración informativa con contenido del registro de IVA.

Instrucciones del Modelo 303: pasos para completarlo

Paso a paso, vamos a ir viendo lo que es necesario hacer para rellenar el modelo 303. Antes de comenzar, es necesario acceder a la sede telemática de la Agencia Tributaria con el certificado electrónico o la clave pin.

Identificación: 

En el modelo 303 IVA, se deberá especificar el año del ejercicio y el periodo en el que se va a realizar la declaración. Posteriormente, se añade el NIF y el nombre o denominación social de la empresa.

Al mismo tiempo se debe reflejar si se está inscrito en el sistema de devolución mensual del IVA, si se tributa a través del régimen simplificado, si se trata de una autoliquidación conjunta, si el negocio se ha declarado en curso de acreedores o se está registrado o se es receptor de operaciones en régimen en criterio de caja.

Liquidación: 

Aquí se colocará la cuantía total de ingresos a partir de la cual entonces se calculará el IVA que se devolverá a hacienda, es decir, el IVA devengado o deducible. Más abajo se reverbera el IVA deducible soportado, es el que te cobran de más y posteriormente te podrás desgravar.

 

Casillas del Modelo 303

En la primera casilla de cada fila se refleja la base imponible del total a declarar. En la segunda casilla se indica el tipo de IVA aplicable. En la tercera casilla, se muestra la cantidad total o cuota de IVA correspondiente.

En el suplente del tipo impositivo aplicable debes separar los ingresos. Es decir, en la primera fila de casillas aplicas la cuantía total de ingresos a los que se les aplica el tipo general del 21%.

El total de ingresos a los que se aplica el tipo general del IVA del 21% es de 1000 euros. Se verá reflejado en la casilla del 21% del IVA aplicable. En la última casilla debes situar la cuota de IVA resultante.

 

Casillas adquisiciones y otras: “10, 11, 12, 13”  

En las casillas 10, 11, 12 y 13 del modelo 303 del IVA, deberás reverberar  la actividad que tiene relación con la percepción de las facturas que se encuentran exentas de IVA en operaciones intracomunitarias. Si no posees un NIF intracomunitario y no te emiten facturas exentas de IVA, entonces no es necesario que rellenes las casillas.  

En el caso de que si dispongas de un NIF intracomunitario y si recibas facturas que lleven IVA de proveedores de la UE, en la casilla 10 deberás reverberar el total de las bases imponibles de las facturas de gastos corrientes de proveedores de la UE. El valor que contiene esta casilla es el mismo que el de la 36. En la casilla 11 la cuota de IVA, resultado de aplicar el tipo del 21% a la base imponible total de la casilla 10. Ese mismo valor es el de la casilla 10 y se deberá reverberar en la casilla 37.

En la casilla 12 del modelo 303 se colocará la cuantía total de facturas de origen español percibidas de IVA. En la 13 será el 21% de la casilla 12. El importe de las casillas 12 y 13 tienes que sumarlas en la 28 y 29, respectivamente.

Si la empresa está registrada en el ROI y ha desenvuelto adquisiciones intracomunitarias de bienes en periodo de liquidación y están presentes el modelo 303; es comprensible que no se ha cobrado ningún importe en concepto de IVA por las compras. Es por eso que se debería reflejar en los apartados correspondientes todo detalle del IVA devengado de la cuota de IVA. Al final la diferencia es neutra.

Casillas 14 y 15 del Modelo 303

En el caso de que se tenga que modificar la base o cuota de IVA, se refleja en las casillas 14 y 15

Casillas 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 21 y 24 del Modelo 303 como recargo de equivalencias 

En el modelo 303 se habrá de tener en cuenta, que las facturas emitidas a clientes estén acogidas al recargo de equivalencia. No hay problema porque los clientes tienen la obligación de indicarlo, aunque como proveedor deberás incluir el “IVA extra”.

El recargo de equivalencia es un régimen especial de IVA dirigido para minoristas que no transforman la mercancía que venden, son intermediarios sin más. Se suele aplicar a autónomos y comunidades de bienes pero no a sociedades.

Lo que interesa es tener claro que deben pagar algo más de IVA, en concreto el recargo de equivalencia que será de 5,2% el 1,4%, el 0,5% (y el 1,75% para el tabaco) para los tipos de IVA del 21%, del 10% o el 4%.

Casillas 25 y 26 Modelo 303 IVA: Modificaciones   

Si se da el caso de que tienes que hacer modificaciones en bases y cuotas en que aplicaste el recargo de equivalencia, lo debes reflejar en las casillas 25 y 26.

Casilla 27 Modelo 303 IVA: Cuota devengada 

En esta casilla se deberá reflejar el total de cuotas del IVA, resultado de aplicar a las bases imponibles el tipo impositivo correspondiente. Significa que todo el IVA que hemos ingresado, como intermediarios entre los clientes y la Agencia Tributaria se debe devolver a Hacienda.

Casilla Modelo 303: 28, 29, 30 y 31

En las casillas va a aparecer la cuantía total de gastos procedentes de compras en el territorio nacional.

En las casillas 28 y 29 del modelo 303 se encuentran las adquisiciones de bienes corrientes y en la 30 y 31 el total de compras de activos.

Casillas 32, 33, 34 y 35

En esta parte se deben reflejar las operaciones extracomunitarias de bienes que pasen por la aduana y procedan de la Unión Europea. Si no pueden pasar la aduana, no se tienen en cuenta las casillas. De este modo se tendrá que aplicar el importe reflejado de DUA, en casillas como la 32 y 34 (la base imponible) y en la 33 y 35 los impuestos aduaneros ya aplicados. 

Casillas 36, 37, 38 y 39 del Modelo 303 de IVA

En estas casillas, se reflejarán las compras que han sido realizadas a operadores intracomunitarias. En ellas aparecen operaciones de carácter intracomunitario, dentro de la UE.

Casillas 40 y 41 del Modelo 303: Rectificación de deducciones  

El apartado del modelo 303 que se presenta a continuación se destina a especificar equivocaciones. Se verán reflejadas las rectificaciones de las cuotas de IVA y las bases imponibles que se han reflejado con error. Si se te ha olvidado colocar el importe de algunas facturas, deberás reflejar el importe de las facturas olvidadas en positivo. Si hubieras incluido demas deberias ponerlo en negativo.

Casilla 42 del Modelo 303: Compensaciones régimen especial agricultura y pesca 

En esta se ven reflejadas las cuantías que se reciben en concepto de compensación a sujetos pasivos de IVA acogidos a los Regímenes Especiales de Agricultura y Pesca.

Casilla 43: Bienes de inversión

Regularización de las inversiones. En esta parte se debe declarar el resultado  de posibles regularizaciones de deducciones por bienes de inversión. Es decir, la regularización de deducciones anteriores al inicio de la actividad.

IVA deducible “en el modelo 303”

Cuando no eres consumidor final, lo que hace la hacienda es devolverte una parte de los costes relacionados con algunas adquisiciones que son necesarias para desarrollar la actividad. Debes reflejar en el modelo 303, en el apartado de IVA deducible, todos los gastos que te vayas a deducir y puedas reflejar el desembolso mediante facturas pero no tickets y albaranes. 

Para deducir los gastos que puede tener el negocio se deben distinguir la adquisición de bienes corrientes, es decir, los que el negocio acaba consumiendo en el desarrollo de la actividad de bienes de inversión o activos. 

Hay que tener en cuenta que si realizas una compra en territorio nacional, una intracomunitaria o incluso se trata de una importación desde países fuera de la Unión Europea, se refleja el sumatorio de las bases imponibles y la cuota de IVA, que es resultado de aplicar a dicha base el tipo impositivo.

Descargar y rellenar el modelo 303

Pulsa el botón inferior y descarga el modelo rellenable del modelo 303 de IVA de la agencia tributaria (Aeat). 

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Preguntas frecuentes sobre el Modelo 303

El Modelo 303 es una declaración trimestral del IVA que deben presentar profesionales y empresarios en España para informar las operaciones sujetas a este impuesto.

El Modelo 303 puede presentarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT o en papel en las oficinas de la Agencia Tributaria.

El Modelo 303 debe presentarse trimestralmente: del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero.

Sí, los autónomos que realicen actividades sujetas a IVA deben presentar el Modelo 303 trimestralmente

Sí, puedes modificar el Modelo 303 una vez presentado. Para hacerlo, debes presentar una declaración complementaria o sustitutiva, dependiendo del tipo de error o cambio que necesites realizar. Es importante corregir cualquier error lo antes posible para evitar posibles sanciones.

El importe a pagar en el Modelo 303 se calcula restando el IVA soportado (el IVA que has pagado en tus compras y gastos) del IVA repercutido (el IVA que has cobrado en tus ventas). Si el IVA repercutido es mayor que el IVA soportado, deberás pagar la diferencia a Hacienda.

El IVA deducible es el IVA soportado en las compras y gastos relacionados con la actividad económica que se puede deducir del IVA repercutido.