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Modelo 347 Hacienda: Plazos, presentación y rellenar

¿Estás buscando el modelo 347 de hacienda, rellenable y descargable en pdf? En Xterna hemos redactado este artículo para ayudarte en su presentación.

¿Que es el Modelo 347 de la AEAT o Hacienda?

El Modelo 347 de la AEAT es una declaración anual de operaciones que presentan las personas físicas (autónomos) y jurídicas (empresas), públicos y privados, con terceros, en el desarrollo de sus actividades empresariales o profesionales, facturando operaciones con cifras superiores a EUR 3,005.06 por año.

Las actuaciones cuyo importe total supere los 3.005,06 euros deberán declararse en este modelo:

 

  • Becas y ayudas pro bono.
  • Funcionamiento de una entidad aseguradora.
  • Pagos anticipados de clientes y proveedores.
  • Los arrendamientos no están sujetos a reservas.
  • Entrega y adquisición de bienes y servicios, incluyendo bienes sujetos y exentos de IVA y bienes y servicios no sujetos o exentos de IVA.
  • Negocio inmobiliario.

 

¿Quién debe presentar el modelo 347?

El modelo 347 del Ministerio de Hacienda lo presentan todas las personas físicas (autónomos) y jurídicas (empresas), independientemente de su naturaleza, entidades públicas o privadas que en su actividad profesional o comercial facturen más de 3.005,06 euros anuales…

Los proveedores y clientes presentan el Formulario 347 para permitir que las autoridades cotejen los datos y verifiquen que la información reportada sea correcta.





¿Quién está exento de presentarlo?

El domicilio económico, establecimiento permanente o sede de actividad del contribuyente no se encuentra en España.

Una persona cuyo cálculo sea inferior a 3.005,06 euros anuales haciendo negocios con un tercero.

Las personas físicas o entidades del sistema de distribución de la renta están incluidas en el IRPF según estimaciones objetivas, y al mismo tiempo están sujetas al régimen simplificado del IVA del régimen simplificado, agricultura, ganadería y pesca o recargos equivalentes (excepto para las empresas no acogidas al régimen anterior) o para sus operaciones de facturación).

¿Cómo se presenta el modelo 347?

Visualizar el modelo telemáticamente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria mediante certificado digital, DNI electrónico o código PIN.

Los datos recogidos en el modelo 347 se dividen en tres páginas:

 

RESUMEN DE DATOS 

 

Resumen de datos

Recopila datos sobre el declarante, año fiscal, detalles de presentación complementarios o alternativos, fechas y firmas. Los siguientes cuadros aparecen en la sección Resumen de datos:

 

Casilla 01: El número de clientes y proveedores con los que el declarante tenga operaciones superiores a 3.005,06 EUR.

 

Casilla 02: Volumen total de negocio con clientes y proveedores en casilla 01 (debe incluir IVA).

 

Casilla 03: Número total de locales comerciales del declarante.

 

Casilla 04: Renta (IVA incluido) del local comercial especificado en la columna anterior.






RELACIÓN DE DECLARADOS

 

Identificar clientes y proveedores con un importe total de negocios con ellos superior a 3.005,06 euros.

 

Para cada negocio realizado con un tercero se declaran aspectos como NIF, nombre o razón social, provincia, monto anual del negocio y tipo de negocio realizado (palabras clave de la A a la G).

 

RELACIÓN DE INMUEBLES 

 

En esta página se realiza la declaración para establecimientos con rentas superiores a 3.005,06 EUR. Aquí se especifica el NIF del arrendatario, la razón social, la dirección del local arrendado o el importe del alquiler.



Plazos, Presentar, Descargar y rellenar el modelo 347

Pulsa el botón inferior y descarga el modelo rellenable del modelo 347 de la agencia tributaria (Aeat). Recuerda que en Xterna somos una asesoría fiscalcontable y laboral que podemos ayudarte.

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El plazo para presentar el modelo 347 es durante el mes de febrero del año siguiente al que se refiere la declaración.

El modelo 347 incluye información detallada sobre las operaciones realizadas con terceros durante el año, incluyendo el importe y el tipo de IVA aplicado.

Sí, es posible modificar el modelo 347 siempre y cuando se subsanen errores o incorrecciones.

Si la información incluida en el modelo 347 es incorrecta o incompleta, la Agencia Tributaria puede requerir al empresario o profesional para que la subsane.