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NOVEDADES LABORALES: Ampliación del permiso de paternidad

Recordamos que con fecha 1 de enero de 2017 ha entrado en vigor la ampliación del permiso de paternidad.

Las novedades más relevantes introducidas por la nueva regulación son las siguientes:

  1. Se amplía el permiso de paternidad a cuatro semanas ininterrumpidas.
  2. Este periodo se añade al permiso por nacimiento de hijo previsto legalmente o convencionalmente (si mejora el mínimo establecido en el 37.3b ET, que es de 2 días).
  3. En caso de parto, el permiso corresponde íntegramente al otro progenitor.
  4. En el supuesto de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, este derecho corresponde sólo a uno de los progenitores, a su elección, excepto en el caso que el otro progenitor disfrute de la suspensión de dieciséis semanas ininterrumpidas, (ampliable en los supuestos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples en dos semanas por cada menor a partir del segundo), que regula el artículo 48.5 ET, en cuyo caso sólo lo disfrutará el otro progenitor.
  5. El trabajador podrá ejercer este derecho durante el periodo comprendido entre la finalización del permiso por nacimiento por hijo (o desde la resolución judicial de la adopción, o decisión administrativa de guarda) hasta que finalice la suspensión del contrato por dichas causas (16 semanas) o inmediatamente después.
  6. Se admite el disfrute a tiempo completo o parcial del permiso (mínimo el 50%) condicionándolo al previo acuerdo entre empresa y trabajador.  El trabajador debe comunicar el ejercicio del derecho con la debida antelación, sin que se determine un plazo concreto.

Quedamos a su disposición para cualquier duda que pueda surgir sobre la aplicación de la ampliación del permiso de paternidad comentada.