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NOTICIAS TRIBUTARIAS, CONTABLES Y LABORALES MARZO 2026

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Calendario tributario – Marzo 2026

Novedades fiscales y contables

Hasta el 20 de marzo
    Retenciones e ingresos a cuenta:
○ Empresas con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € → datos de febrero de 2026.
    ○ IVA: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias correspondiente a febrero de 2026. Modelo 349.

Hasta el 30 de marzo
    IVA:
○ Empresas con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € → datos de febrero de 2026.
    ○ Empresas inscritas en el Registro de Devolución Mensual (REDEME) → datos de febrero de 2026

Hasta el 31 de marzo

  ○ Modelo 720 – Declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero:
    ○ Deben presentarlo las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, establecimientos permanentes, herencias yacentes, comunidades de bienes y otras entidades que constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición.
    ○ Debe informarse sobre cuentas bancarias, valores, derechos, seguros, rentas y bienes inmuebles situados en el extranjero cuando el valor conjunto supere los 50.000 €.
    ○ No existirá obligación de presentar la declaración cuando el saldo o valor conjunto no supere los 50.000 € o cuando dichos bienes estén correctamente registrados en la contabilidad de empresas que lleven contabilidad conforme al Plan General de Contabilidad.

  ○ Modelo 721 – Declaración informativa sobre monedas virtuales en el extranjero:
    ○ Están obligadas a presentarlo las personas físicas y jurídicas residentes en España y otras entidades que posean criptomonedas situadas en el extranjero cuando el valor total alcance o supere los 50.000 € a 31 de diciembre de 2025.
    ○ El régimen sancionador aplicable es el mismo que el establecido para el modelo 720.

  ○ Cuentas anuales del ejercicio 2025:
    ○ El 31 de marzo de 2026 finaliza el plazo para la formulación de las cuentas anuales del ejercicio 2025 por parte del órgano de administración en las sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural.

  ○ Libros contables oficiales:
    ○ Elaboración de libros contables: en un plazo de tres meses después del cierre del ejercicio (31 de marzo de 2026).
    ○ Legalización de libros contables: en un plazo de cuatro meses desde el cierre del ejercicio (30 de abril de 2026).
    ○ Depósito de las cuentas anuales de la sociedad: hasta un mes desde su aprobación en la Junta General Ordinaria de socios, que debe celebrarse dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio.