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Calendario tributario – Noviembre 2025
- Hasta el 5 de noviembre
- IRPF: Segundo pago fraccionado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2024.
- Si el pago está domiciliado, comprobar la existencia de saldo en cuenta.
- Si no se domicilió, entrar mediante Modelo 102.
- IRPF: Segundo pago fraccionado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2024.
- Hasta el 20 de noviembre:
- Retenciones e ingresos a cuenta:
- Empresas con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € → datos de octubre de 2025.
- Resto de sujetos pasivos → datos del mes anterior o del tercer trimestre según periodicidad. Modelos 111 y 115.
- IVA: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias correspondiente a octubre de 2025. Modelo 349.
- Retenciones e ingresos a cuenta:
- Hasta el 1 de diciembre:
- IVA:
- Autoliquidación del IVA correspondiente a octubre de 2025 para empresas que declaran en régimen mensual. Modelo 303.
- Empresas exportadoras inscritas y autorizadas → datos de octubre de 2025.
- IVA – Registro de Devolución Mensual (REDEME):
- Solicitud de inscripción o baja mediante la presentación del Modelo 036, marcando la casilla 129.
- Efectos a partir del 1 de enero de 2026.
- Requisitos: estar al corriente de obligaciones tributarias y no tributar en régimen simplificado.
- Operaciones vinculadas: Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones o situaciones con países o territorios considerados como paraísos fiscales. Modelo 232.
- IVA:
Novedades fiscales y laborales
- Modelo 232 – Operaciones vinculadas: Para contribuyentes cuyo ejercicio coincida con el año natural, el plazo de presentación del modelo correspondiente al ejercicio 2024 finaliza el 1 de diciembre de 2025 (al trasladarse el 30/11 por ser domingo).
- Régimen de Devolución Mensual (REDEME): La inscripción durante noviembre permite aplicar el régimen de devolución mensual de IVA desde enero de 2026.
- Recordatorio IRPF: El segundo plazo del ejercicio 2024 se carga el 5 de noviembre, según domiciliación previa.
Para cualquier consulta, contacte con nuestro departamento de fiscalidad:
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