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DESAYUNOS SEPTIEMBRE: VENTAJAS DEL CONVENIO PROPIO DE EMPRESA

Trimestralmente en XTERNA Soluciones en Outsourcing realizamos una presentación en formato de desayuno, dónde invitamos a un conjunto de nuestros clientes y discutimos temas relevantes y de actualidad. El día 23 de Setiembre de 2016, Carlos Gonzalez Oliver, Doctor en Derecho y Abogado, nos profundizó sobre la materia. Se comentaron las premisas a tener en cuenta y las ventajas que podrían derivar de disponer de dicho convenio. 

Para empezar, deberíamos empezar por definir este concepto.

Los convenios son las normas que regulan las condiciones de trabajo básicas (salario, horario, jornada anual, vacaciones…) de un sector o actividad en un determinado territorio, creando derechos y obligaciones para las partes involucradas.

Las empresas, como entidades,  tienen la posibilidad de crear un convenio propio, acción de la cual derivan una serie de ventajas que dividimos en dos tipos:

1. Ventajas con prioridad aplicativa sobre regulación superior (respetando siempre el Estatuto de los trabajadores).

  • Actúa como instrumento de política salarial propia, existe la posibilidad de determinar la cuantía del salario base y sus complementos situándolo por debajo del convenio sectorial y vinculado a los resultados de la empresa.
  • Flexibilidad interna, posibilidad de regular la jornada, horarios, descansos y vacaciones, respetando la ley, pero que se adapten a la función de la estacionalidad de la demanda y funciones del puesto de trabajo. Además de poder crear fórmulas de conciliación familiar, personal y laboral.
  • Establecimiento de grupos profesionales propios, existe la posibilidad de movilidad funcional y la polivalencia entre los empleados.
  • Posibilidad de diseñar modalidades de contratación más adaptadas a la empresa. 
  • Simplificar la gestión laboral regulando en un solo convenio actividades diferenciadas de una misma empresa, a las que correspondería aplicar diferentes convenios sectoriales, o en distintos territorios del estado español.

2. Ventajas sin prioridad aplicativa no reguladas en convenios de ámbito superior.

  • Prorrateo mensual pagas extraordinarias para facilitar la gestión de nóminas de la empresa.
  • Flexibilidad sobre la regulación de descansos semanales, festivos y permisos y la retribución por trabajo nocturno.

 

En conclusión,  podemos afirmar que el convenio propio de empresa permite obtener el control de costes laborales deseado, sin tener que acudir a procedimientos traumáticos, como pueden ser los despidos, y que implican además un coste añadido como bien pueden ser las indemnizaciones.